ILEGALIDAD DE LA NUEVA CPE

DEVIA SECIONARSE EN SUCRE
LEY ESPECIAL DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
Capítulo II Convocatoria, Composición y Sede
Artículo 6º (Sede de la Asamblea) “La AC tendrá su sede en la ciudad de Sucre, capital constitucional de la República”.

INTERPRETACION
Antes de la modificaciones hechas a la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente en complicidad de PODEMOS, la Asamblea Constituyente no tenía ninguna autoridad de cambiar de sede que era la Ciudad de Sucre. El liceo Militar “La Glorieta” se encuentra en el Municipio de Yotala a 5 Kilómetros fuera del Municipio de Sucre.
Esta es una clara transgresión de la Ley de Convocatoria y por el cual se suma la nulidad y ilegalidad de la aprobación del Texto Constitucional.

LA SECION DEVIA SER PUBLICA
LEY ESPECIAL DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
Capitulo V Organización y funcionamiento de la Asamblea Constituyente
Articulo 23º (Sesiones) “Las sesiones serán de carácter público”.


INTERPRETACIÓN
De acuerdo a este Artículo, las sesiones de la Asamblea Constituyente debían ser públicas, lo que no ocurrió en el Liceo Militar “La Glorieta”. En el Liceo se había dispuesto un contingente policial como primer barrera para impedir el acceso a la gente que tenía todo el derecho de estar presente en dicha sesión. Como Segundo frente estaban las fuerzas militares y como si fuera poco el gobierno había dispuesto otro frente compuesto por gente boliviana que debía enfrentarse con gente boliviana, en caso de que la policía y las fuerzas armadas fallaran.
Esta es otra transgresión a la Ley de Convocatoria, ley que tenía que ser respetada por la Asamblea Constituyente.

NO SE RESPETO LA LEY AMPLIATORIA NI EL REGLAMENTO INTERNO:
a) Conforme a la disposición final segunda de la ley ampliatoria de la asamblea constituyente: La directiva no tiene potestad para cambiar la sede de acuerdo a ley, o el hemiciclo que originalmente fue determinado por la asamblea: en el Teatro Gran Mariscal.
La directiva solo tiene potestad para hacer resguardar la integridad de los constituyentes, a través del ministerio de gobierno, y suspender la sesión hasta que existan las condiciones para sesionar.
b) Conforme a la Ley de ampliación debía aprobarse el texto constitucional primero aprobando el informe de minorías y mayorías, para luego pasar la aprobación en grande y en detalle. Además para la aprobación en grande debía realizarse la lectura de los artículos en su integridad y con la participación de los 2/3 de los asambleístas.
Lamentablemente los asambleístas entre gallos y media noche en el Liceo Militar no aprobaron el informe de minorías ni mayorías, pasando directamente a la aprobación en grande, donde solamente se leyó el índice y no los artículos como lo indica la Ley. Y como todo ciudadano sabe, se lo hizo solamente con la presencia de 2/3 de los presentes. En un día se transgredió tres especificaciones claras de la Ley Ampliatoria de la Asamblea Constituyente.
c) Según el Reglamento Interno de la Asamblea Constituyente, una Convocatoria a la plenaria debe hacerse con 24 horas de anticipación. Esto no ocurrió en la Convocatoria en la Ciudad de Oruro, con el objetivo de impedir la asistencia de todos los asambleístas. A esto se suma la vigilia hecha por organizaciones sociales que hicieron todo lo posible para cortar el paso a los asambleístas opositores.


POLITICOS NO REPRESENTATIVOS MODIFICARON LA CONSTITUCION:

A mejores días de la dictadura, el Gobierno actual y con la complicidad de partidos que supuestamente representaban al resto de los bolivianos, echaron a la borda años de trabajo de la asamblea constituyente y acabaron con las ilusiones del resto de la población en tener una nueva constitución que represente a la totalidad de los bolivianos.
La actual Constitución no fue hecha por las instituciones sociales representativas y mucho menos por los bolivianos, si no fue redactado y aprobada por partidos políticos; desde su inicio, en el proceso y en la finalización, y posterior promulgación del referéndum aprobatorio.

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