Artículo 6 I. “Sucre es la Capital de Bolivia”.
INTERPRETACION
La propuesta elimina el artículo 46 de la actual Constitución Política del Estado, que reconoce a esta ciudad como sede del Poder Legislativo, e incorporó la mención de Sucre como Capital de la República, agregando una cláusula que podría impedir que el tema de la sede de los poderes del Estado pueda ser debatido y reclamado en el futuro.
Con esto se comprueba que la Nueva Constitución Política del Estado da un castigo al pueblo chuquisaqueño quitándole una institución que históricamente le pertenece, por el hecho de oponerse a las políticas del actual Gobierno. Es una pena que los artículos hayan sido escritos con influencia política.
SE LE QUITA LA CEDE DEL PODER JUDICIAL A SUCRE
Etiquetas: Interpretaciones especificas
4 comentarios:
¡Este es el colmo!
¿Por qué ampararse en la mentira si su causa es verdadera?
CPE 1994
Artículo 46º.Residencia del Poder Legislativo
I.El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional compuesto de dos Cámaras: una de Diputados y otra de Senadores.
II.El Congreso Nacional se reunirá ordinariamente cada año en la Capital de la República, el día 6 de agosto, aun cuando no hubiese convocatoria. Sus sesiones durarán noventa días útiles, prorrogables hasta ciento veinte, a juicio del mismo Congreso o a petición del Poder Ejecutivo. Si a juicio de éste conviniese que el Congreso no se reúna en la Capital de la República, podrá expedir la convocatoria señalando otro lugar.
Nueva CPE
Artículo 153
II. Las sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa Plurinacional serán inauguradas el 6 de Agosto de cada año.
III. Las sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa Plurinacional serán permanentes y contarán con dos recesos de quince días cada uno, por año.
IV. La Asamblea Legislativa Plurinacional podrá sesionar en un lugar distinto al habitual dentro el territorio del Estado, por decisión de la Plenaria y a convocatoria de su Presidenta o Presidente.
Artículo 155. La Asamblea Legislativa Plurinacional inaugurará sus sesiones el 6 de Agosto en la Capital de Bolivia, salvo convocatoria expresa de su Presidenta o Presidente.
¿Es castigo convertir a Sucre en la capital de Bolivia? Antes de esta constitución Bolivia no tenia capital.
Tener algunas sesiones en Sucre, es un regalo mediocre y refuerza mas el revanchismo que tiene este gobierno con los departamentos que no son fieles.
falso patriotismo...
"Tener algunas sesiones en Sucre, es un regalo mediocre"
¿Algunas sesiones?
CPE 1994
Si a juicio de éste [el mismo Congreso o a petición del Poder Ejecutivo] conviniese que el Congreso no se reúna en la Capital de la República, podrá expedir la convocatoria señalando otro lugar.
CPE 2009
La Asamblea Legislativa Plurinacional podrá sesionar en un lugar distinto al habitual dentro el territorio del Estado, por decisión de la Plenaria y a convocatoria de su Presidenta o Presidente.
La ambigüedad de la anterior constitución queda salvada y ahora es requerida una plenaria de la Asamblea Legislativa para elegir una sede distinta.
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