DIVIDIR EL PAIS ES TIPIFICADO TRAICION A LA PATRIA

Artículo 124 I. “Comete delito de traición a la patria la boliviana o el boliviano que incurra en los siguientes hechos: 3. Que promuevan acciones para la desintegración territorial o atenten contra la unidad del país. II. Este delito se sancionará con la máxima sanción penal”.

INTERPRETACION
Este artículo fue sacado de los cabellos, puesto que nació para frenar el referéndum de Capitalia Plena y la de las Autonomías. Lamentablemente no se especifica a que se considera traición a la patria, dando paso a muchas interpretaciones. Y como si fuera poco la persona será sancionada con la máxima sanción penal. Este artículo debía ser discutido a profundidad para que no sea utilizada maliciosamente y políticamente.

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